INDAP no exigirá inicio de actividades en SII para acceder a programas de fomento y créditos, resguardando la Agricultura Familiar
La medida aplica a SAT, Prodesal, PDTI, PACSA y subsidios de riego, entre otros. La subdirectora Antonella Pecchenino aseguró que no habrá "exigencia automática" si la normativa no lo contempla.
El Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), en coordinación con el Ministerio de Agricultura y el Servicio de Impuestos Internos (SII), actualizó sus instrucciones para que los usuarios no deban iniciar actividades ante el SII como requisito automático para acceder a programas de fomento y créditos institucionales, salvo que la normativa específica de cada instrumento lo establezca expresamente. La medida busca resguardar el acceso de la Agricultura Familiar Campesina e Indígena a los apoyos estatales.
La resolución de INDAP incorpora el pronunciamiento oficial del SII y establece que en aquellos programas de incentivos y subsidios cuya normativa no contemple como requisito la autorización para desarrollar una actividad económica habitual, no corresponderá exigir a los usuarios la acreditación de inicio de actividades ante el SII. Esto aplica a instrumentos como el Servicio de Asesoría Técnica (SAT), Prodesal, PDTI, PACSA, subsidios de riego y programas de inversión predial.
La subdirectora nacional (S) de INDAP, Antonella Pecchenino, señaló que "queremos entregar tranquilidad a nuestros usuarios, porque hemos definido que no existirá una exigencia automática de inicio de actividades para acceder a los programas de fomento y créditos institucionales de INDAP cuando la normativa específica no contemple ese requisito". Agregó que el trabajo con el Ministerio de Agricultura y el SII permitió actualizar los criterios para resguardar el acceso a los instrumentos de apoyo.
La resolución ratifica que INDAP no tiene el carácter de banca comercial, por lo que no le resulta aplicable la obligación de exigir el inicio de actividades como requisito para el otorgamiento de créditos, tal como fue confirmado por el SII mediante el Oficio N° 819 de 2026. De esta forma, se mantienen las características propias del Programa de Créditos de INDAP, diseñado para responder a la realidad de la Agricultura Familiar, considerando la estacionalidad de los ingresos y las particularidades del mundo rural. En caso de dudas, los usuarios podrán consultar en sus agencias de área o direcciones regionales.



