Corte de Valdivia rechaza protección a carabinera por uso de radiopatrulla en compras

Corte de Valdivia rechaza protección a carabinera por uso de radiopatrulla en compras
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Tribunal estableció que la baja condicional no es definitiva y está sujeta a sumario administrativo; fallo fue acordado con voto en contra.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección presentado en favor de una suboficial de Carabineros, quien fue sancionada con baja condicional por "conducta mala" tras ser captada en imágenes usando una radiopatrulla policial para realizar compras en un minimarket de Máfil, vestida de civil.

En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó la acción constitucional al considerar que la resolución impugnada "no constituye el acto terminal de un procedimiento administrativo afinado". La medida de baja condicional queda sujeta al resultado de un sumario administrativo en curso, cuyo objetivo es esclarecer los hechos.

La resolución de la Corte establece que "la propia resolución impugnada, en su letra C.1, deja constancia de que la baja tiene carácter condicional y queda sujeta al resultado final de dicho sumario", asistiendo a la afectada el derecho a contestar cargos y ejercer instancias de impugnación.

El tribunal añadió que "el inciso final del artículo 127 del Reglamento N°8 ordena el reintegro del funcionario en el grado que tenía si en definitiva se le aplicare una sanción que no importe su baja". Asimismo, el artículo 84 sexies de la Ley N°18.961 habilita a reclamar de las medidas disciplinarias expulsivas ante el Ministerio del Interior.

Para la Corte, pronunciarse sobre la procedencia y proporcionalidad de la medida "importaría anticipar un juicio acerca de materias que el procedimiento administrativo en curso está precisamente llamado a resolver".

El fallo concluyó que, no habiéndose acreditado que el acto impugnado sea producto del "mero capricho de su autor" ni que exceda el marco de competencias reglamentarias, la acción no puede prosperar.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la ministra Karina Ormeño Soto, quien estuvo por acoger el recurso al considerar que, si bien el reglamento contempla un catálogo graduado de medidas disciplinarias, "no se explica en la resolución impugnada el porqué se optó por la más grave".